Los servicios mínimos establecidos serán de obligado cumplimiento
El pasado lunes, varios sindicatos, CSIF, STE y CCOO, convocaron una huelga de profesores para el próximo 11 de septiembre en toda Castilla-La Mancha con el objetivo de reducir la carga burocrática en los centros educativos y el elevado número de alumnos por clase, entre otras peticiones.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha publicado hoy 4 de septiembre una resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) donde establece los servicios mínimos que deben prestar los centros educativos públicos no universitarios en la región.
Para fijar esos servicios mínimos, tendrán que tener en cuenta las ratios máximas de alumnado por aula contemplados en las Instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos:
22 alumnos por aula en el segundo ciclo de Educación infantil.
25 alumnos por aula en Educación Primaria.
30 alumnos por aula en Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional.
15 alumnos por aula en Programa de Diversificación Curricular.
32 alumnos por aula en Bachillerato.
Los servicios mínimos seran:
– En los colegios rurales agrupados de Educación Infantil y Primaria habrá un docente por cada sección. En la cabecera lo será el director/a.
– En los colegios de Educación Infantil y Primaria y Colegios de Educación Primaria habrá un docente por cada tres unidades. A efectos del cómputo, tanto el director/a como el jefe/a de estudios computan como un docente más.
– En institutos de Educación Secundaria, la edad del alumnado escolarizado en estos centros, a partir de 12 años, exige unos servicios mínimos que permitan garantizar una atención básica al alumnado que acuda al centro. Por ello, habrá un docente por cada seis grupos/unidades. A efectos del cómputo, tanto el director/a como el jefe de estudios computan como un docente más.
– En conservatorios, escuelas de arte y escuelas oficiales de idiomas, el horario de apertura de estos centros y la edad del alumnado escolarizado en ellos requieren unos servicios mínimos al único objeto de garantizar con carácter básico la organización en el centro,. Por ello tendrá que haber un jefe/a de estudios.
– En los centros de educación especial, el alto nivel de dependencia del alumnado de estos centros requiere unos servicios mínimos que permitan garantizar una atención especial. Por ello, habrá un docente de PT por cada tres unidades o fracción.
– En las residencias escolares se requiere al menos de un jefe de residencia, para garantizar una atención básica.
El incumplimiento de la obligación de atender a los servicios mínimos esenciales será sancionado de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable.
Esta resolución, que surtirá efectos este jueves, pone fin a la vía administrativa.